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Contratos de arrendamiento de farmacias que incluyen vivienda.

En estas oficinas de farmacia que también incluyen vivienda, la relación arrendaticia siempre resulta conflictiva, ya que cada parte lo enfoca desde el punto de vista que le resulta más beneficioso. Estos extremos convendría aclararlos en el momento de haber hecho el contrato inicial, pero el tema es tan especifico, que es demasiado exigir a una persona sin conocimientos jurídicos, esta capacidad de previsión tan mayúscula, por ello vuelvo a insistir en la necesidad de un asesoramiento de primera calidad.

"... se reclama el importe de la participación en el precio de traspaso de la oficina de farmacia situada en la calle..., como local de negocio con vivienda anexa (no de vivienda). La cuestión radica en si se alquiló una vivienda con un anexo destinado a farmacia, o si lo arrendado fue una industria o local de negocio, con una vivienda aneja al mismo. Según la Juzgadora de instancia no había duda de que el arrendamiento es una industria, era una casa-vivienda para la finalidad de farmacia, con lo cual debe haberse producido un nuevo arriendo a favor de la nueva farmacéutica con el consentimiento del propietario, si el arrendamiento se estima como vivienda como objeto principal". (Audiencia Provincial de Teruel. AC 1994\1273).

Veamos otra Sentencia: "...si tenemos en cuenta que la calificación del contrato ha de retraerse a la fecha de la constitución arrendaticia, que es cuando se entrega la cosa cuyo uso se cede y se fija la renta o contraprestación (en el contrato de inquilinato aportado como documento núm. 3 de la demanda figura que doña Luisa V. cede en arrendamiento al señor G. R. un local de negocio con vivienda...). La Sala considera que efectivamente estamos en presencia de un arrendamiento de local de negocio con las subsiguientes consecuencias recogidas en los fundamentos de derecho tercero y cuarto, y sin que obste a ello el hecho de que el inmueble haya sido también utilizado como vivienda por las razones ya expuestas en la sentencia". (Audiencia Provincial de Badajoz AC 1998\1257).

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